19,177 Islas, O. Regular las redes sociodigitales puede limitar nuestra libertad. Proceso, 27 de julio, 2026.

Regular las redes sociodigitales puede limitar nuestra libertad

Octavio Islas

El impacto de la tecnología en la salud mental y el desarrollo de la infancia dejó de ser una preocupación especializada para convertirse en un asunto prioritario de la agenda política global. La discusión es legítima: niñas, niños y adolescentes enfrentan riesgos reales en entornos digitales cada vez más opacos, adictivos y difíciles de supervisar.

Esta semana, en Francia, el Parlamento aprobó una ley que prohíbe el acceso a redes sociales a menores de 15 años. En México, el gobierno federal abrió foros nacionales para construir una iniciativa legislativa sobre el uso de plataformas digitales, inteligencia artificial y teléfonos celulares en las escuelas.

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo ha sostenido que la propuesta debe basarse en evidencia científica, respetar los derechos humanos y promover un uso responsable de la tecnología.

En 2025, la Secretaría de Educación Pública formó un grupo de trabajo para analizar los efectos de las redes sociodigitales, la inteligencia artificial y los teléfonos inteligentes en la vida escolar y social de los menores.

La dependencia además ha organizado foros regionales con la participación de académicos, docentes, directivos, madres y padres de familia. La consulta busca reunir evidencia, experiencias y preocupaciones antes de definir una eventual regulación.

A primera vista, la intención parece inobjetable: proteger a los jóvenes del ciberacoso, la exposición a contenidos nocivos, el insomnio, la adicción a los algoritmos de gratificación instantánea y otros daños asociados al uso intensivo de plataformas digitales.

El punto de partida del argumento oficial también es atendible: las grandes plataformas tecnológicas operan con algoritmos opacos, monetizan la atención, refuerzan sesgos de confirmación y fallan con frecuencia en la moderación de discursos violentos. Esa falla estructural existe y exige respuestas públicas.

Sin embargo, la necesidad de regular las redes sociodigitales representa un dilema democrático: proteger a la infancia no debe convertirse en un pretexto para debilitar la privacidad, el anonimato y la libertad de expresión en internet.

1. Verificación de edad: el costo oculto para la privacidad

El primer gran obstáculo de cualquier intento de restringir o regular el acceso a las redes sociodigitales —ya sea mediante una prohibición total, como en Francia, o mediante límites normativos como los que se perfilan en México— no es solo jurídico: también es técnico y sus repercusiones posibles se extienden al imaginario de la identidad ciudadana.

Para impedir que una persona menor de 15 años genere una cuenta o acceda a determinados contenidos, las plataformas o los gobiernos tendrían que verificar la edad de los usuarios de forma sistemática.

En la práctica, esa verificación rara vez se limita a los menores de edad. Para operar, suele trasladar la carga de identificación a todos los usuarios, incluidos los adultos, mediante documentos oficiales, datos personales sensibles o incluso registros biométricos, como el reconocimiento facial.

En México, este escenario resulta particularmente delicado. La protección de datos personales en manos de instituciones públicas ha mostrado vulnerabilidades históricas, y condicionar el acceso a la conversación digital a la entrega de datos de identidad ampliaría los riesgos de seguridad, vigilancia y exposición ciudadana.

Además, el anonimato no debe entenderse como un privilegio de criminales. También representa una herramienta esencial para periodistas, activistas, disidentes políticos y víctimas de violencia que recurren a la esfera digital para denunciar abusos sin temor a represalias. El asunto es complejo.

2. Censura y control político: el riesgo de regular la conversación pública

La iniciativa mexicana se presenta bajo objetivos legítimos: educación, salud mental y bienestar socioemocional. Sin embargo, el riesgo central aparece cuando la ley intenta definir los límites de la conversación digital.

La pregunta de fondo no es si deben protegerse niñas, niños y adolescentes, sino quién decide qué contenido es dañino, qué algoritmo resulta manipulador o qué información puede considerarse apropiada.

En manos del Estado, esas definiciones pueden convertirse en herramientas de presión política.

Los principales riesgos son:

  • Que la protección de la infancia se use como justificación para vigilar o limitar la expresión pública.
  • Que las plataformas sean presionadas para moderar, ocultar o retirar contenidos incómodos para el poder político.
  • Que normas imprecisas abran la puerta a criterios discrecionales sobre lo permitido y lo censurable.

Donde los contrapesos institucionales son frágiles -como precisamente ocurre en México- otorgar al Ejecutivo, al Congreso o a un órgano regulador la facultad de tutelar la conversación pública en línea sienta un precedente peligroso. La frontera entre proteger el bienestar infantil, imponer paternalismo estatal y habilitar censura discrecional puede volverse demasiado estrecha.

3. Modelo francés y realidad mexicana: por qué la prohibición no basta

El caso francés resulta ilustrativo, pero también aleccionador. La medida aprobada en París apuesta por una prohibición tajante: impedir el acceso de menores de 15 años a las redes sociales.

Sin embargo, los vetos absolutos suelen ser poco eficaces en el entorno digital, donde las restricciones pueden eludirse mediante redes privadas virtuales (VPN), cuentas creadas con datos falsos o plataformas alternativas menos supervisadas y potencialmente más riesgosas.

Trasladar al contexto mexicano una visión punitiva o prohibicionista ignora desigualdades sociales y educativas profundas. En México, internet no es solo un espacio de entretenimiento: para millones de jóvenes también es una vía de acceso a información, aprendizaje autónomo, comunidad y desarrollo personal.

Una prohibición rígida o una regulación asfixiante podría profundizar la exclusión digital. Quienes cuentan con recursos encontrarían formas de sortear las restricciones, mientras que los sectores más desfavorecidos quedarían aún más alejados de la alfabetización digital necesaria para participar plenamente en el siglo XXI.

La diferencia clave es esta:

  • El modelo francés parte de la prohibición como herramienta central.
  • El contexto mexicano exige soluciones graduales, educativas y sensibles a la desigualdad.
  • Una regulación mal diseñada puede terminar castigando más a quienes menos recursos tienen para adaptarse.

Dimensión
Prohibición Absoluta (Modelo Francés)Regulación Propuesta en México
Enfoque principalVeto legal de acceso a menores de 15 añosDebates y consensos para limitar uso y regular plataformas
Mecanismo exigidoVerificación estricta de edad e identidadDefinición legislativa sobre dispositivos e IA
Riesgo mayorElusión mediante VPNs e hipervigilanciaCaptura política y erosión de libertades de expresión

4. El camino correcto: responsabilidad corporativa y educación digital, no tutela estatal

De acuerdo con datos de la UNESCO, el número de países que cuentan con algún tipo de regulación nacional sobre el uso de teléfonos celulares en instituciones educativas ha aumentado de forma significativa. Entre 2023 y 2026, el porcentaje pasó de 24 a 58% Actualmente existen 114 sistemas educativos con normas particulares sobre la materia.

Reconocer los riesgos de la regulación estatal no significa defender el statu quo ni eximir de responsabilidad a las grandes corporaciones tecnológicas. Las plataformas digitales han diseñado algoritmos orientados a maximizar el tiempo de pantalla y la captura de atención, incluso cuando ello puede afectar el bienestar psicofísico de los usuarios. Ese problema es real, urgente y exige respuestas públicas claras.

Pero la respuesta no debe ser un Estado tutor que decida cómo, cuándo y quiénes pueden comunicarse en la plaza pública del siglo XXI. Una regulación inteligente debe concentrarse en proteger a los usuarios sin vulnerar las libertades fundamentales.

Dos frentes resultan indispensables:

  1. Diseño seguro y responsabilidad corporativa. Las empresas tecnológicas deben modificar sus arquitecturas algorítmicas, eliminar patrones oscuros de adicción y ofrecer controles parentales efectivos. Esta obligación debe recaer en las plataformas, sin que el Estado intervenga en la identidad de los usuarios ni asuma el control de la moderación de contenidos.
  2. Alfabetización y acompañamiento digital. La protección efectiva también requiere fortalecer el criterio crítico en las aulas y promover el involucramiento activo de las familias. La tecnología debe ponerse al servicio de las personas mediante mediación pedagógica, no mediante apagones digitales ni prohibiciones generalizadas.

Conclusión: proteger sin entregar libertades

Regular el acceso a las redes sociodigitales bajo el argumento de la protección puede abrir una grieta por la que se filtren la vigilancia masiva, la pérdida de privacidad y la tentación del control autoritario. La preocupación por la infancia es legítima, pero no debe convertirse en una autorización para reducir derechos fundamentales en el espacio digital.

Frente a los desafíos de la era digital, la respuesta democrática no debe ser la restricción del espacio público, sino el fortalecimiento de la ciudadanía: educación digital, pensamiento crítico, protección efectiva de datos personales y exigencia firme de transparencia a los gigantes tecnológicos.

Entregar al Estado las llaves de lo que podemos ver, compartir y navegar en internet es un precio demasiado alto para una democracia que debe proteger a la infancia sin sacrificar las libertades que la sostienen.

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