AÑO I – Nº 241 – 11 de abril de 2013
De acuerdo a fuentes no reveladas por Bloomberg, Telefónica estaría dispuesta a ofrecer a la bolsa una porción minoritaria de su paquete accionario en Telefónica Telecom Colombia |
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De acuerdo con el vicepresidente Ejecutivo y ministro para la Ciencia, Tecnología e Innovación, Jorge Arreaza, Movilnet distribuyó un total de 148.629 terminales móviles con capacidad para recibir la señal de la Televisión Digital Terrestre (TDT) |
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Emilio Azcárraga Jean, presidente y director general de Grupo Televisa, contrató los servicios de asesoría financiera de Evercore Partners México, que copreside Pedro Aspe Armella, para la compra por parte de Grupo Televisa del 51% o más del capital social de operadores de TV por cable del mercado mexicano que no forman parte del grupo. |
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Por Karina Martínez, consultora independiente en Derecho de las Nuevas Tecnologías de la Información y Políticas de Desarrollo Digital
En 1849 el juez mexicano Pedro Sámano dictó la primera sentencia de amparo que se conoce[1]. A partir de entonces y a lo largo de 164 años, la forma en que se integran, comunican y conservan las constancias de su sustanciación en expedientes no ha cambiado radicalmente. Por su parte, las anacrónicas reglas que debían observarse durante la tramitación y resolución del proceso de amparo (previstas en una Ley que data de 1936) y que, por múltiples problemas, dejó de cumplir de manera eficaz con su cometido fundamental, consistente en proteger los derechos fundamentales de las personas previstos en la Constitución, finalmente, dejaron de aplicarse.(Nota del Editor: El amparo es una acción o un recurso judicial que tutela los derechos constitucionales del ciudadano).
El pasado 1 de abril de 2013 el Presidente de México, Enrique Peña Nieto, durante el evento de promulgación de la Nueva Ley de Amparo que, deja sin efectos a la de 1936, refirió que son múltiples y profundos los cambios que se han logrado
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