18,597 Octavio Islas, La Comisión Europea y los gatekeepers, El Universal, 8 septiembre 2023

La Comisión Europea y los gatekeepers
Octavio Islas

La Comisión Europea impulsó la elaboración de la Ley de Servicios Digitales, la cual “tiene por objetivo garantizar que estas plataformas se comporten de manera equitativa en línea. Junto con la Ley de Servicios Digitales, la Ley de Mercados Digitales es uno de los ejes de la estrategia digital europea”.

La Ley de Servicios Digitales contempla un conjunto de normas destinadas a regular a las plataformas que actúan como gatekeepers en el sector digital.

Por el incumplimiento de lo dispuesto en la referida Ley, al infractor se le impondrán determinadas multas. Además, “en caso de incumplimiento sistemático de las obligaciones contempladas en la Ley, y previa investigación de mercado, podrán imponerse a los guardianes de acceso medidas correctoras adicionales”

Mediante la Ley de Mercados Digitales, la Comisión Europea pretende terminar con las prácticas abusivas de las Big Tech.

El pasado miércoles, la Comisión Europea dio a conocer los nombres de las plataformas ha considerado como gatekeepers.

En el libro La comunicación y los mass media: las ideas, las obras, los hombres (1985) versión española por Juan José Ferrero, bajo la dirección de Abraham Moles, se afirma lo siguiente sobre el concepto gate keeper

Término sociológico puesto en circulación por los sociólogos americanos Kurt Lewin y Wright Mills para designar los individuos que tienen poder de decisión sobre los medios de comunicación de masas (periódico, radio, televisión, cine) y que, para ello mismo, controlan el paso o la detención de ciertas noticias y mensajes culturales o artísticos entre el medio creador y la masa receptora de la comunicación.

Los “gate keepers” tienen, pues. Un enorme poder de decisión. Son los directores de periódicos, los comités de programas, los grupos de presión que subvencionan tal o cual casa editora, los censores de la producción que favorecen ciertos tipos de mensajes y que eliminan otros, según determinados criterios a menudo imprecisos o según ciertas tablas de valores. Los “gate keepers” se hallan entre los verdaderos responsables de la sociedad de comunicaciones de masas. (p.321).

El término gatekeeper -de enorme relevancia en la comunicología dedicada al estudio de los medios de comunicación de masas-, ha sido recuperado, renovado y extendido en el imaginario digital.

De acuerdo con lo asentado en el Diccionario de términos de md Marketing Directo Punto Com

Se denomina gatekeeper a la persona, grupo o institución que tiene un control sobre la información y, por lo tanto, posee la capacidad de decidir qué se publica o emite, de qué forma y en qué cantidad. Por ejemplo, en el medio prensa esta figura está representada por el director y los redactores jefes.

Según la citada fuente, estas son las principales funciones que cumplen los gatekeepers:

Control de flujo de información: los guardianes administran el flujo de información dentro y fuera de la organización. Ellos deciden qué información debe transmitirse a las personas relevantes de la organización. Esto puede incluir todo, desde correos electrónicos y llamadas telefónicas hasta reuniones y presentaciones de ventas.

Filtrado de información: el controlador a menudo actúa como un filtro, asegurando que solo la información relevante y de alta calidad llegue a los tomadores de decisiones. Esto puede ser especialmente importante en organizaciones grandes donde los tomadores de decisiones pueden verse bombardeados con grandes cantidades de información.

Proteger el tiempo de los tomadores de decisiones: al filtrar la información y controlar quién tiene acceso a los tomadores de decisiones, los Gatekeepers también ayudan a proteger el tiempo de esas personas, asegurando que puedan concentrarse en decisiones y tareas más importantes.

La figura del gatekeeper admite particular relevancia en la Ley de Mercados Digitales La Comisión Europea considera como gatekeepers a

plataformas que tienen un impacto significativo en el mercado interior, sirven como una puerta importante para que los usuarios empresariales lleguen a sus usuarios finales y que disfrutan, o previsiblemente disfrutarán, de una posición arraigada y duradera.

Los servicios “núcleo” que decidió regular la Comisión Europea a través de la Ley de Mercados Digitales son: redes sociodigitales, servicios de mensajería, buscadores web, intermediación en línea, servicios publicitarios, servicios de video, sistemas operativos, navegadores web.

Además, la Comisión se ha propuesto determinar en un futuro inmediato si es posible identificar gatekeepers entre los asistentes virtuales y los servicios en la nube –cloud computing-.

Estos son los criterios que empleó la Comisión Europea para establecer qué plataformas serían consideradas como “gatekeepers”.

  1. El tamaño impacta en el mercado interior: se presume que este es el caso si la empresa alcanza una facturación anual en el Espacio Económico Europeo (EEE) igual o superior a 7 500 millones de euros en cada uno de los tres últimos ejercicios financieros, o si su media la capitalización de mercado o el valor justo de mercado equivalente ascendió al menos a 75 000 millones de euros en el último ejercicio financiero y proporciona un servicio de plataforma central en al menos tres Estados miembros;
  2. El control de una importante puerta de entrada para los usuarios empresariales hacia los consumidores finales: se presume que este es el caso si la empresa opera un servicio de plataforma central con más de 45 millones de usuarios finales activos mensuales establecidos o ubicados en la UE y más de 10.000 empresas activas al año. usuarios establecidos en la UE en el último ejercicio;
  3. Una posición arraigada y duradera: se presume que este es el caso si la empresa cumplió el segundo criterio en cada uno de los últimos tres ejercicios financieros.

El miércoles 6 de septiembre, la Comisión Europea dio a conocer las firmas que ha considerado como “gatekeepers”: Alphabet (Google), Amazon, Apple, ByteDance (TikTok), Meta (Facebook), y Microsoft.

La  Comisión Europea desea imponer las siguientes obligaciones a los gatekeepers

estarán sujetos a una serie de obligaciones claramente especificadas. Por lo tanto, tendrán que implementar de manera proactiva ciertos comportamientos que hagan que los mercados sean más abiertos y disputables y, al mismo tiempo, abstenerse de involucrarse en comportamientos desleales, como se identifica en la legislación.

Cuando una empresa aún no disfruta de una posición afianzada y duradera, pero es previsible que la disfrute en un futuro próximo, puede aplicarse un subconjunto proporcionado de obligaciones, para garantizar que los servicios en cuestión sigan siendo contestables y evitar el riesgo de condiciones injustas. y prácticas.

Mediante las referidas obligaciones impuestas a los gatekeepers, la Comisión Europea se ha propuesto garantizar mercados digitales justos y abiertos. Ello permitiría abrir posibilidades para que las empresas compitan en los mercados basándose en los méritos de sus productos y servicios e innoven.

Las prácticas monopólicas, contrarias a la libre competencia, han sido constantes en el comportamiento empresarial de las Big Tech.

Estas son algunas de las disposiciones que la Comisión Europea pretende imponer a las firmas que ha considerado como gatekeepers

  • Permitir a los usuarios comerciales promocionar sus ofertas y celebrar contratos con sus clientes fuera de la plataforma del gatekeeper;
  • Proporcionar a los usuarios empresariales acceso a los datos generados por sus actividades en la plataforma del gatekeeper;
  • Prohibir el uso de datos de usuarios empresariales cuando los gatekeepers compitan con ellos en su propia plataforma;
  • Prohibición de clasificar los productos o servicios del propio gatekeeper de manera más favorable que los de terceros;
  • Prohibición de exigir a los desarrolladores de aplicaciones que utilicen ciertos servicios del gatekeeper (como sistemas de pago o proveedores de identidad) para aparecer en las tiendas de aplicaciones del gatekeeper;
  • Prohibición de rastrear a los usuarios finales fuera del servicio de plataforma principal de los gatekeepers con fines de publicidad dirigida, sin que el usuario final haya otorgado el consentimiento efectivo.

Las Big Tech seguramente opondrán fuerte resistencia a la iniciativa europea. Esperemos que los objetivos que se ha trazado la Comisión Europea no terminen en solo buenas intenciones.

La remediación de Internet es indispensable y, me parece, todavía es posible. Tim Berners-Lee ha destacado la necesidad de devolverle al usuario de Internet el efectivo control sobre sus datos personales.

Internet todavía podría empeorar. Debemos evitarlo.

Deja un comentario

Este sitio utiliza Akismet para reducir el spam. Conoce cómo se procesan los datos de tus comentarios.