9140 México, Mediatelecom, Opinión de Mediatelecom Policy & Law sobre la megamulta a Telcel, Jorge Fernando Negrete P.

Jorge Fernando Negrete P.
Director de Mediatelecom Policy & Law

El pasado 30 de abril la Comisión Federal de Competencia resolvió, después de un año, el recurso de reconsideración que interpuso Telcel para evitar ser multado por casi 12 mil millones de pesos.  A cambio de la multa, Telcel propuso y aceptó cinco compromisos para reducir tarifas de interconexión en beneficio de los usuarios. Estos compromisos son los siguientes:

1.       Cobrar una tarifa de interconexión  de 36.18 centavos por minuto en lugar de los 95 centavos que prevalecían en 2011, y reducirla paulatinamente hasta llegar a 30.94 centavos en 2014.

2.       Garantizar estas tarifas de interconexión a través de una oferta pública para cualquier empresa de telecomunicaciones fija o móvil.

3.       Desistirse de todos los litigios interpuestos contra las resoluciones emitidas para 2011 para por la Cofetel.

4.       Ofrecer planes de contratación y/o promociones que incluyan minutos utilizables indistintamente para realizar llamadas en su propia red o cualquier otra.

5.       Proporcionar toda la información necesaria que permita verificar el cumplimiento de estos compromisos.

Lo primero que hay que aclarar es que la Cofeco sí impuso una sanción consistente en compromisos a Telcel verificables públicamente, por lo que es impreciso decir que la Cofeco perdonó a la empresa.

Sin duda, la resolución de la Cofeco resulta controversial para un sector importante de analistas e interesados en estos temas que reiteradamente se han pronunciado en contra de la principal empresa de telefonía móvil de México, pero nadie puede negar la legalidad de la resolución. Aún más, este escenario era previsible desde hace un año, cuando la autoridad anunció que había impuesto la multa más elevada en la historia de las telecomunicaciones.

Lo controversial de la resolución para quienes deseaban ver correr sangre, no le resta méritos legales, regulatorios y pro-competitivos, porque con ella todos ganan: 1) Telcel no es multada con dinero pero a cambio asume compromisos tarifarios y de competencia; 2) los competidores obtienen tarifas de interconexión más bajas, que era su principal demanda y fue lo que propició la denuncia; 3) la autoridad asume una actitud conciliadora apegada a la ley y, finalmente, 4) el más beneficiado resulta ser el usuario de los servicios de telecomunicaciones porque sabe que la Cofeco vigilará y regulará el cumplimiento de los compromisos y recibirá servicios más baratos. El sector todo de las telecomunicaciones se beneficia porque se destraban algunos de los litigios y se crea un ambiente de menor tensión. En adelante, las empresas podrán dedicarse a competir entre sí a sabiendas de que las condiciones para Telcel están impuestas.

En suma, se generan condiciones de certidumbre jurídica que puede ser un precedente importante para destrabar otros conflictos. Ahora los operadores ya no tienen  que hacer reservas económicas en caso de perder un juicio en los tribunales por tarifas de interconexión, sino que ahora ya pueden destinar sus ingresos para invertir en sus redes y además aplicar estas reducciones directamente en los servicios que proporcionan al usuario final, beneficiándolos. Lo valioso de esta resolución es que se llega a este escenario cumpliendo la ley, favoreciendo la competencia y sin privilegiar el conflicto y el encono.

Imaginemos en escenario contrario que satisficiera los anhelos de castigo de la autoridad y de los analistas: que la Cofeco ratificara la multa: los litigios continuarían ya no en el ámbito administrativo sino en el judicial, y no sólo en lo referente a la megamulta sino con los demás operadores. Tampoco habría beneficios inmediatos para los consumidores, las inversiones se retrasarían y la incertidumbre jurídica continuaría.

Además, la Cofeco resolvió sobre el recurso de reconsideración de Telcel, pero en ningún momento han quedado aclaradas las infracciones que le se imputaban a la empresa.
Hace exactamente un año Mediatelecom planteó el escenario que ahora resolvió el Pleno de la Cofeco por unanimidad. Lo importante de esta decisión no es la unanimidad sino el ánimo conciliatorio y verdaderamente regulador de la Cofeco.

En esa ocasión, Mediatelecom argumentó que la empresa no había sido declarada con poder sustancial sobre el mercado relevante y que tampoco había sido multada por infracciones previas y que, por lo tanto, no podía ser considerada reincidente. Estos hechos objetivos eliminaban cualquier posibilidad de aplicar una megamulta como pretendía en ese momento la Cofeco.

“En declaración periodística concedida a El Universal, Pérez Motta ‘explicó que se determinó reincidencia en la comisión de prácticas monopólicas relativas, debido a que en el pasado la CFC resolvió que Telcel fue responsable de incurrir en esta violación a la ley cuando pedía exclusividad a los productores de contenidos de móviles’. El funcionario se refiere al expediente DE-032-2004, en el cual la CFC inició una investigación por denuncia de Telefónica, según la cual Radiomóvil Dipsa cometió prácticas violatorias del artículo 10-IV de la LFCE, consistentes en la imposición de obligaciones de exclusividad a proveedores de contenidos. En efecto, en la resolución la CFC ordenó al operador “la supresión inmediata de la práctica monopólica imputada”. Sin embargo, Telcel presentó un recurso de reconsideración ante la CFC. El organismo resolvió parcialmente fundado el recurso interpuesto por Radiomóvil Dipsa, revocó su propia resolución y ordenó reponer el procedimiento. Posteriormente, la CFC volvió aresolver y acreditó la práctica monopólica relativa y ordenó la supresión inmediata.”

El 26 de abril de 2011, Mediatelecom informó que Telcel tenía la posibilidad de corregir o suprimir la práctica monopólica y ese es exactamente su compromiso: “Finalmente, la resolución de la CFC ordena a Telcel que presente una propuesta de cumplimiento de la resolución que asegure que se corrige o se suprime la práctica y se elimina el daño al proceso de competencia y a los consumidores. Por el momento observamos dos escenarios: 1) Telcel incrementa las tarifas a sus usuarios para equiparar la tarifa de interconexión que cobra en su red con aquella que le exige a los demás operadores. 2) Reduce la tarifa de interconexión a los operadores demandantes para equipararla con la que cobra a sus clientes.”

Esto último fue finalmente lo que ocurrió pero ya se sabía desde hace un año. Telcel se comprometió a reducir las tarifas de interconexión. ¿No es eso lo que quería la autoridad y los demás operadores de telecomunicaciones para propiciar un entorno competitivo? América Móvil no fue perdonada ni indultada por la Cofeco; si incumple, será multada hasta con ocho por ciento de sus ingresos anuales. Por si fuera poco, ahora México tiene una de las tarifas de interconexión más baja de la OCDE, algo que siempre se argumentó en contra del operador móvil.

La multa por casi 12 mil millones de pesos no resolvía la supuesta infracción a la Ley Federal de Competencia Económica; ese monto estratosférico tampoco iba a beneficiar a los usuarios. En cambio, ante una violación que no llegó a acreditar la Cofeco, afectaría con su megamulta los planes de inversión del operador y, por lo tanto, del sector. La decisión de la Cofeco corrige la supuesta práctica monopólica pero no limita sus planes de inversión. Ese es un escenario positivo que a todos conviene.
Por todo lo anterior, se puede concluir lo siguiente:

1.       No se perdona a Telcel sino que se le imponen compromisos verificables en favor de la competencia y los usuarios.

2.       No se detienen los planes de inversión de la empresa y, por lo tanto, se aseguran más inversiones en condiciones competitivas.

3.       Se destraba el clima litigioso y se crea certidumbre jurídica para todos los operadores.

4.       Se obtienen beneficios inmediatos y obligatorios de reducción de tarifas de interconexión con condiciones que favorecen la competencia.

5.       La autoridad adopta una actitud conciliatoria basada en la ley y erradica el conflicto entre operadores en materia de interconexión.

6.       La megamulta sólo satisfacía deseos de castigo y de afectación financiera para la empresa, pero de ninguna manera remediaba la práctica monopólica relativa y mucho menos beneficiaba a los consumidores.

Antes de esta resolución todos los operadores, de alguna manera, comenzaron a ser perdedores de un contexto de suma cero, sin política pública, sin convergencia plena ni liderazgo para conducir el sector. Con esta resolución, aunque controversial para algunos, en realidad beneficia a todos. De lo contrario, quienes defienden la megamulta, podrían por comenzar a aclarar lo siguiente ¿para qué querían 12 mil millones de pesos que sólo engrosarían las arcas del gobierno?

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