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Uniones homosexuales: una resolución, una reflexión
Norma Mendoza-Alexandry
Yo influyo.com
martes, 12 de enero de 2010

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con todo su poder, se suma a España, Suecia, Noruega, Canadá, Bélgica, Sudáfrica, entre otros, al reconocimiento legal de las uniones homosexuales.

Debemos decir en primer lugar, que esta resolución no fue unánimemente aprobada, que hubo fuerte división, que hubo polémica, que hubo abstenciones, que los motivos de discriminación se transformaron en poder político y activismo lésbico-gay, y no se trató de una demanda de la ciudadanía.

Por tanto, no se tomó en cuenta en esta gresca que el Estado originalmente tiene la obligación de tomar en cuenta qué es lo que beneficia a la comunidad y a la sociedad en general. Es un hecho que la unión entre un hombre y una mujer es una unión natural y el único vínculo que genera nuevos seres humanos, indefensos pero imprescindibles para la comunidad.

Hemos de decir que no es el sello moral el que el Estado persigue, sino que se trata de un efecto secundario: la meta al reconocer y legitimar jurídicamente el matrimonio heterosexual es el bien de los hijos, ya que está comprobado en muchísimos estudios internacionales que los niños, si no se protegen y educan con cuidado y por muchos años, no habrá una nueva generación de ciudadanos capaces de asumir su papel en la libertad ordenada que es la democracia.

Pongamos un ejemplo contrastante, tanto los gays como los monjes deben ser plenamente libres de hacer votos de fidelidad sin pedir permiso a ningún Estado. Si no hay punibilidad alguna para los actos sexuales entre homosexuales, no pueden decir que existe algún obstáculo que les impida formar uniones permanentes de amistad o eróticas a su libre arbitrio, entonces ¿qué pretendían quienes defienden la legitimación de estas uniones?

La respuesta es clara: quieren los beneficios indirectos y directos que el Estado da a los matrimonios entre hombre y mujer para conformar familias.

De acuerdo con J. Pérez Adán y R. Stith , el Estado presume que las personas adultas no precisan permisos morales especiales para ejercer la libertad; proponer que el Estado otorgue tales sellos y permisos es volver a un Estado pre-democrático y pre-liberal.

Entre otros, uno de los argumentos de este tipo de uniones es poder “tener hijos”, disposición que a través de la adopción, también fue aprobada ciegamente por la Asamblea. Pero, ¿a quién beneficia? ¿A los adultos o al niño? Aquí debería tenerse en cuenta el interés del tercero: un ser indefenso que a su vez tiene derechos propios, entre ellos, crecer en el seno de una familia y ser criado y educado por un padre y una madre.

Como todos sabemos, las parejas homosexuales no pueden concebir hijos pero ¿hay interés de tu comunidad, de mi comunidad o de nuestra sociedad en que se dé a estas parejas la posibilidad de criar niños? Ahí sí el Estado tiene un interés qué ejercer, ¿es que el Estado y en nuestro caso, la Asamblea Legislativa conoce a través de estudios, investigaciones, encuestas u otros medios, los resultados positivos o negativos que resultan de esta posibilidad?

El Estado debe decidir si, en el bien de los niños y por los niños, existe la factibilidad de su adopción por dos “madres” o por dos “padres” y sus consecuencias. Sólo si la respuesta es afirmativa y contundente habría la posibilidad de un interés estatal en legitimar y fortalecer a estas parejas.

Podemos argumentar que, si se legalizan ciertas ‘uniones’, ¿por qué no otras? O mejor dicho, ¿por qué se discrimina a otras uniones como por ejemplo: la poligamia u otras formas de matrimonio plural o las comunas de amor libre? O, ¿por qué no certificar cualquier amistad o uniones que la gente quiera registrar, aún las virtuales?

Veamos brevemente lo que dice la investigación sobre las distintas situaciones que pueden presentarse y hasta dónde podemos legitimar sin discriminar, pues hemos de considerar también otras situaciones, ¿por qué no? El estudio de índole sociológica al que nos referíamos menciona también las siguientes posibilidades (entre otras):

Homomonogamia (matrimonio de uno con uno)
Homomonogamia lésbica (de una con una)
Homopoligamia (de uno con unos)
Homopoligamia lésbica (de una con unas)
Promiscuidad (de dos o mas varones con otros dos o más)
Promiscuidad lésbica (de dos o mas mujeres con otras dos o más)
Heteropoligamia (de uno con unas)
Heteropoliandria (de una con unos)
Poliandria bisexual (de una con unas y unos)
Poligamia bisexual (de uno con unas y unos)
Promiscuidad bisexual limitada (de dos o más unas y unos, con dos o más unas y unos)

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