Intereses de países emisores y receptores de capital deben equilibrarse:
CLIMA DE INVERSIÓN MEJORARÍA SI SE REDISCUTIERAN LAS ESTANCADAS
NORMAS MULTILATERALES SOBRE LA MATERIA
Artículo en Revista de la CEPAL analiza la evolución de los reglamentos de inversión y plantea por qué las
regulaciones de la OMC sobre este instrumento siguen acusando desequilibrios.
(24 de abril, 2008) Los fallidos intentos por crear normas que regulen la inversión a nivel multilateral y el estancamiento que el tema ha enfrentado en la Organización Mundial del Comercio (OMC) hacen necesario repensar los objetivos que deberían perseguir las negociaciones comerciales y cómo reincluirlos en la agenda del organismo mencionado.
Lo anterior es indispensable para conciliar los intereses de los países emisores y receptores de capital, señala el artículo Normas sobre el comercio y las inversiones: perspectivas de América Latina, publicado recientemente en la Revista de la CEPAL Nº 94. El documento presenta un análisis de la evolución de los acuerdos reglamentados de inversión y cómo han participado los países latinoamericanos en la configuración de estas normativas.
El Profesor e Investigador del World Trade Institute de Berna, Suiza, Pierre Sauvé, autor de este ensayo, explica que las normas sobre inversión, que pueden ser a nivel bilateral, regional y multilateral rigen las corrientes de capital transfronterizas. Suelen estar relacionadas al tratamiento y la protección de la inversión extranjera directa (IED) y determinan el llamado “clima de inversión”, el que será más estable, transparente y predecible si las políticas nacionales están expuestas en los tratados internacionales.
Los tratados bilaterales sobre inversiones (TBI), que contienen una multiplicidad de disposiciones diseñadas para proteger las inversiones extranjeras, han sido el instrumento más común utilizado en las negociaciones. Mientras, los acuerdos de integración regional (AIR) pretenden contribuir a crear un clima de inversión más favorable mediante medidas de liberalización.
Como los AIR y los TBI se han multiplicado, se ha ido generando una intrincada red de compromisos superpuestos. Este es uno de los principales argumentos aducidos a favor de crear un marco común para la inversión, acordado multilateralmente, que, citando la fracasada Declaración Ministerial de Doha de la OMC (2001), pueda “asegurar condiciones transparentes, estables y previsibles para las inversiones transfronterizas a largo plazo, en particular las IED”.
Las regulaciones de la OMC sobre inversión, de acuerdo a Sauvé, siguen acusando un desequilibrio dada la asimetría entre los severos requisitos de desempeño que suelen afectar a los países en desarrollo, y las débiles exigencias ante distorsiones provocadas por la aplicación inadecuada de incentivos, cuya incidencia suele ser mayor en los países desarrollados.
Por otra parte, los aspectos políticos de la movilidad de la fuerza de trabajo plantean más dificultades que los relativos a la movilidad del capital, lo que es igualmente válido en los países en desarrollo. Sin embargo, hay espacio para que los países exploren de forma imaginativa los elementos de la movilidad de los factores que se podrían aprovechar en los AIR (hoy) y en el marco de la OMC (mañana).
Es probable que la idea de buscar un acuerdo multilateral global anclado en la OMC siga presente e influya en lo que harán los países que continúen creyendo deseable esa vía para elaborar las normas pertinentes. Sin prejuzgar lo que deparará el futuro, Sauvé sugiere algunas opciones prospectivas.
Entre ellas destaca que los países deberán definir qué inversiones y qué inversores se beneficiarían del acuerdo global; si aplicar disposiciones de nación más favorecida y de trato nacional a todos los miembros y sectores, o si regirán excepciones temporales; si incluir compromisos sobre la liberalización de las inversiones tanto en bienes como en servicios; o si considerar incentivos de inversión.
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El artículo Normas sobre el comercio y las inversiones: perspectivas de América Latina,
de la Revista de la CEPAL N° 94, está disponible en el sitio web de la CEPAL siguiendo los enlaces.
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